CPT 88305
N.º de actualización de la política: POLCPT053126
Fecha de entrada en vigencia: 31 de mayo de 2026 (para los profesionales); 30 de junio de 2026 (para los centros)
Estado actual: En este momento, el código CPT 88305 forma parte del procedimiento para realizar ediciones de compatibilidad de los códigos de diagnóstico. Esta edición se activa cuando el código CPT 88305 se factura con un código de diagnóstico ICD-10 incompatible.
Estado futuro: Nueva política: el código CPT 88305 ahora se considerará parte de la edición de la frecuencia máxima diaria para Sentara Health Plans. Sentara Health Plans limitará el reembolso del código CPT 88305 en función de una cantidad máxima de unidades por miembro, por proveedor y por fecha de servicio. Los servicios facturados que superen las unidades diarias máximas definidas se denegarán por el motivo de no ser médicamente necesarios o por no ser reembolsables por separado.
Plan(es) aplicable(s): comerciales, Medicaid y Medicare
Política aplicable: No corresponde
Número de política: Por determinar
Propietario de empresa: Política de pago
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